MÁS ALLÁ DE LA SANCIÓN. A PROPÓSITO DE LA INVESTIGACIÓN QUE HARÁ LA OCMA POR DEMORAS EN PROCESOS PENALES

 

04 de setiembre del 2008

El 22 de agosto pasado apareció publicada una resolución de la OCMA sobre un tema muy importante. La Oficina de Control de los jueces se ha propuesto investigar las causas de las demoras en los juicios, esta vez, en la Sala Penal Nacional y las Salas Penales Supraprovinciales (Andina, 28/08/08). A la espera de los resultados, nos preguntamos ¿cuál será la causa detrás del problema de la demora? Y, por otro lado, ¿podrá la OCMA, con su decidida actuación, poner coto a los jueces que dilaten los procesos sin justificación?

El tema no es nuevo. Ya en el año 2005 se hablaba de acciones enérgicas contra los jueces que tardaban en resolver. Así, en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos se aprobó un proyecto de ley que proponía sancionarlos penalmente. Tal proyecto, sin embargo, no fue iniciativa de la Comisión, sino la respuesta a un llamado de atención de otro poder del Estado. En ese año el Tribunal Constitucional exhortó que se expidiera una ley que sancionara penalmente a los jueces que dilataran sin justificación las causas. Y razones no le faltaron: las consecuencias de la afectación al derecho a un proceso sin dilaciones indebidas en el ámbito penal podían implicar, al menos dos cosas. Primero, que los detenidos permanecieran ad infinitum en las cárceles por la desidia de los jueces en resolver sus causas. Segundo, que los agentes perpetradores de delitos tan execrables como las violaciones a los derechos humanos, o narcotráfico, terminen favorecidos por el exceso en la demora en resolver.

Ante ello, el TC dijo en su momento que la excusa de la sobrecarga procesal no valía. Aunque ello no significa que tal problema no exista. Ver el problema en perspectiva, en ese sentido, implica separar al juez desidioso o deshonesto, del que, aún siendo diligente, no se da abasto para resolver los casos como le dicta su conciencia en un tiempo razonable. Para estos últimos la ruma de expedientes que se acumulan cada vez más sigue siendo un problema, y de dimensiones considerables.

La futura acción de la OCMA es en ese sentido una ocasión propicia para abordar el tema de la demora judicial en un marco amplio. Es necesario percatarse de que las sanciones a los jueces son una solución parcial. En efecto, con una OCMA fuerte podemos fiscalizar a los jueces. Lo propio con el CNM, que puede destituir a algunos jueces. En última instancia, hasta podemos sancionar penalmente a los magistrados, y atiborrar aún más nuestras cárceles, haciendo compañeros a los narcotraficantes y torturadores, con los que meses atrás se encargaban de procesarlos. Pero si sólo nos limitamos a la sanción, a lo mucho, generaremos incentivos para que los jueces y fiscales apuren resoluciones, con lo cual abrimos otro problema: el de la ausencia de calidad en las sentencias.

Para evitar ello conviene tener una mirada que vaya más allá del Despacho, y que divise a los órganos que contribuyen a que el Despacho funcione tal como lo hace. Los jueces, no olvidemos, administran y resuelven sus causas de acuerdo –en parte– a sus conocimientos; y en eso juega un papel importante la Academia de la Magistratura (AMAG). Los magistrados son, también, el resultado de los procesos de selección y lo que sus parámetros establecen, y ahí tiene un papel importante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Por último, la eficiencia –o la ausencia de ella–, y la probable corrupción, será también en parte el resultado de los incentivos (premios o sanciones) que el sistema dé a los jueces; y en esto tendrá que ver la adecuada evaluación del desempeño de los magistrados, y la enérgica actividad disciplinaria que deben ejercer las entidades competentes (OCMA y CNM). Todo ello debería estar previsto y ser aplicado en una adecuada Ley de Carrera Judicial.

¿Por dónde comenzar? Un punto inicial importante es ver que la ausencia de celeridad tiene conexiones con el problema de la sobrecarga procesal. ¿La solución a la sobrecarga es, principalmente, crear más juzgados? De ninguna manera. Como ya hemos tenido oportunidad de mencionar, los flamantes juzgados replicarán la burocracia de sus antecesores, y el ciudadano común se hallará en la misma situación. Una respuesta más integral es generar eficiencia y eficacia en la administración de los juzgados. Esto puede ser tan vasto que incluya desde las acciones necesarias para acelerar las notificaciones judiciales, hasta aquellas destinadas a evitar las dilaciones ocasionadas por el desconocimiento de los precedentes expedidos por el Tribunal Constitucional, o de los ahora famosos Plenos Casatorios. El primero de ellos es un problema que atañe sobre todo al presupuesto; el segundo hace a la formación constitucional y procesal que debe haber en las Facultades de Derecho, y en los cursos de acceso y actualización jurídica constante en la magistratura. En medio, podemos encontrar el problema de las habilidades en el manejo de audiencias, o la estandarización de ciertas resoluciones, como aplican algunos tribunales administrativos con bastante éxito. En cada uno de estos puntos hay bastante diagnósticos y propuestas de acción.

Visto así, la actividad de la OCMA, necesaria sí, aparece como parte de un todo más complejo. Sería ideal que sancionando a los jueces inescrupulosos acabemos con el problema de la dilación judicial. Pero nada que importe cuesta poco. Y, por eso, la reforma de la administración de justicia requiere de muchas acciones, complejas y confluyentes. Afortunadamente no se carece de ideas sobre cómo afrontar el tema de la demora judicial.
(Julio Avellaneda Rojas)

 
 
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